Guía básica para beneficiarte de la subvención pública para vehículos (Plan moves III)

subvención pública para vehículos

Consigue hasta 7.000€ y cambia tu vehículo. Hay destinados 400 millones de euros desde el 9 de abril.

  • Vehículos: Eléctricos, híbridos enchufables y de pila de combustible.
  • Beneficiarios: Empresas, Autónomos y Particulares.
  • Importe Subvención: Desde 1.600€ a 9.000€.

Particulares y Autónomos

Imagen 1Incremento del 10% en la ayuda para solicitantes con discapacidad por movilidad reducida y habitantes de municipios < 5.000 habitantes.

Empresas Privadas

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Achatarramiento

Se puede achatarrar un vehículo y se incrementa la ayuda si:

  • El vehículo achatarrado es turismo o furgoneta con más de 7 años.
  • El solicitante debe ser el titular del veh. achatarrado durante al menos 12 meses.
  • El vehículo achatarrado debe tener pagado al menos desde 2020 el recibo del IMT.

Plazos de solicitud

  • Las empresas privadas deben hacer la solicitud de ayuda antes de firmar el contrato de Renting y de hacer el pedido del coche.
  • Para particulares y autónomos la solicitud puede ser posterior.

Vigencia

Hasta el 31 de diciembre de 2023 o hasta que se terminen los fondos.

Límites

  • 1 vehículo para particulares.
  • 50 vehículos/año para empresas privadas.

Para autónomos el límite lo define el Reglamento de Minimis. (Nombre de la normativa que regula las ayudas “Minimis” a autónomos).

Ayuda para la instalación de puntos de carga

El Plan Moves III también subvenciona la instalación de puntos de recarga si son adquiridos en la modalidad de compra (renting de puntos de recarga no admitidos).

Deben ser contratados por el cliente y no forman parte de la operación de Renting.

Condiciones y procedimiento para solicitar las ayudas del PLAN MOVES III

Las solicitudes de ayudas del PLAN MOVES III deben registrarse en la comunidad autónoma que corresponda, según beneficiario y condiciones de la convocatoria autonómica. En cada comunidad autónoma las características del plan pueden variar.

Las ayudas pueden tardar varios meses en ser concedidas (no hay plazo definido). Una vez concedida la ayuda en la Compañía de renting, si el cliente ya tiene el vehículo, se prorrateará el importe de la ayuda entre los meses de contrato restantes y reducirá el importe de las cuotas restantes proporcionalmente.

Para cualquier información, contacta con renting4you

Mail: info@renting4u.es
Teléfono: 976 92 13 61 y 91 557 06 24